El arte callejero es, junto a los centros culturales, el sector que más ha sufrido la acción prohibitiva de la noción de cultura que gobierna la ciudad de Buenos Aires. Mientras los artistas ambulantes esperan que el proyecto de Ley 660-D-2014 se trate en la legislatura antes de perder estado parlamentario, desde el Frente de Artistas Ambulantes Organizados publicaron el “Manual del Artista Ambulante”, una guía con los derechos y obligaciones de los artistas ante denuncias, secuestro de instrumentos o detenciones.

A modo de ejemplo, en su primer punto, el manual sugiere distinguir si la persona que le impide continuar con la actividad «es funcionario, uniformado o particular», ya que ningún particular puede, por sí solo, instar a finalizar el desarrollo de la actividad artística. En ese sentido, el texto informa que es «el mismo artista el que tiene derecho a hacer la denuncia penal en su defensa».

En otro de los puntos, cuando se argumentan ruidos molestos, el manual explica que es obligatorio que conste un denunciante físico (persona con nombre y apellido), puesto que, de lo contrario, la denuncia carece de validez. Además, recomienda exigir -de abrirse un acta contravencional- que figure la frase «supuestos ruidos molestos» ya que la simple denominación de «ruidos molestos»,  permite interpretar que se constató «con el uso de un decibelímetro que hubo sonidos de alto volumen».

El manual, que aquí compartimos, contiene otros ejemplos y recomendaciones, y viene acompañado de teléfonos y direcciones de reparticiones públicas donde recurrir ante este tipo de denuncias.

El proyecto de Ley 660

El Frente de Artistas Ambulantes exige que se de tratamiento a un proyecto de ley fechado en Mayo de 2014, que reconoce la figura de artistas callejeros, protege y fomenta la actividad artística en la vía pública y establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires.

La 660 fundamentalmente deroga el decreto 1239 del año 93, normativa que impide la amplificación de sonidos y que es el amparo más utilizado en los diversos operativos de desalojo y secuestro de instrumentos. Dicha norma ha quedado obsoleta, por caso, tras la sanción de la Ley 1540, del año 2004, que regula el control de la contaminación acústica.

Desde el año 2012 se vienen presentando diversos proyectos que siempre chocan con la falta de diálogo y voluntad de los legisladores del oficialismo porteño. El 660 tiene margen hasta diciembre de este año. Compartimos aquí el proyecto de ley que para no perder estado parlamentario, debe tratarse antes de diciembre de 2015.